El principio de progresividad impone la obligación de los estados de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos disponibles para laborar próximo y progresividad
Por Fernanda Padilla
El ciudadano Mauricio González Purata presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Artículo 8 de la Ley de Acceso a las Mujeres a una vida libre de violencia en el estado de San Luis Potosí, con el objeto legal de garantizar el principio de progresividad y no regresividad respecto a que presupuesto de Egreso del Estado, cuyo objeto sea garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, y este no podrá ser inferior al presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal anterior.
Además, aclararon que dicho recurso no podrá ser transferido otros programas, y cada año deberá ser aún mayor, respecto al anterior ejercicio fiscal.
Dentro de su exposición de motivos señaló que en México al día mueren aproximadamente 7.5 mujeres por razón de género, según revela el informe de “La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias, 1985-2016”, elaborado por ONU Mujeres, y la Secretaría de Gobernación.
Además, señaló que el principio de progresividad impone la obligación de los estados de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos disponibles para laborar próximo y progresividad.
Por lo anterior, al Artículo 8 se le adiciona que “El presupuesto de Egresos del Estado que se destina, no podrá ser inferior al presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal anterior, y no podrá ser transferido otros programas correspondientes al mismo anexo presupuestal, al que corresponde, debiéndose incrementar el mismo cada ejercicio fiscal”.