El Congreso del Estado denuncia “actitudes maliciosas” tras una nueva traba legal que pone en entredicho el primer proceso electoral del municipio.
Por: Azdruval Vélez Hernández
A pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la controversia constitucional promovida por integrantes del anterior Concejo Municipal de Villa de Pozos por su destitución, este municipio de reciente nombramiento vive un capítulo más de incertidumbre ante un amparo que pone en entredicho el proceso de elección para el 2027 en la demarcación.
El diputado del Partido Verde Ecologista de México, Héctor Serrano Corté, informó que un amparo promovido por un ciudadano de nombre Luis González Lozano, que se encuentra en análisis en el Juzgado Primero de Distrito del Poder Judicial Federal con sede en San Luis Potosí, es el causante de esta nueva traba legal que podría truncar la organización de los primeros comicios constitucionales en el municipio.
El legislador local manifestó que no es la primera vez que el promovente genera una suspensión de procesos a través de mecanismos legales que, usualmente, no encuentran respuestas a su favor, pero, que en este caso sí logra entorpecer los tiempos legislativos y ponen en riesgo la democracia de Villa de Pozos, a pesar de que no prosperen sus intenciones.
“Aunque sabía que en el fondo iba a perder, el objetivo era muy claro, mandar al limbo las decisiones del propio Estado, ahora él lo hace de manera directa con el Congreso, con ello está poniendo en riesgo la elección de Pozos y eso es totalmente irresponsable. Nosotros vamos a actuar en consecuencia porque estamos preocupados por garantizar que siga siendo la libre expresión de los ciudadanos a través del voto la que determine quién debe de gobernarlos, la promoción de este amparo no es más que una actitud maliciosa de una persona que no sabemos siquiera que viva en Pozos”.
El coordinador de Asuntos Jurídicos del Congreso del Estado, Walter Alfonso Espinosa, recordó que son seis amparos los que en total se promovieron en contra de la creación del municipio de Villa de Pozos, todos declarados improcedentes, con lo que se reconoció la facultad del Poder Legislativo para la creación de un municipio. Sin embargo, existen tres de estos seis amparos se encuentran en un proceso de revisión, aún y cuando están catalogados como improcedentes por sobreseimiento, y de los cuales únicamente uno no ha concluido su procedimiento.


