La dependencia no calificó este delito como feminicidio, además de que, derivado de violaciones al debido proceso, fueron liberados los responsables
Por Fernanda Padilla
La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 09/2021 a la Fiscalía General del Estado, por el caso de una menor de 15 años en el municipio de Tampamolón Corona en el año 2016, a la que le fue privada su libertad, y después la vida.
Sin embargo, debido a que argumentaron que no cumplía con los requisitos, no fue tipificado como feminicidio, a pesar de que fue ahogada por sus captores, quienes presuntamente eran amigos de la víctima.
Se ordenó que se incluyan a la víctima directa e indirectas al Registro Estatal de Víctimas, para que en los términos en que resulte procedente de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí.
Se giró las instrucciones al Visitador General, a fin de que en ejercicio de sus atribuciones inicie una investigación de los hechos y en su oportunidad turne el asunto ante el Órgano de Control Interno y colabore con éste para que se determine la responsabilidad administrativa en que pudo haber incurrido AR3 Agente del Ministerio Público a cargo de la Carpeta de Investigación.
Se debe incluir en el programa, de capacitación a elementos de la Dirección General de Métodos de Investigación, así como Agentes del Ministerio Público adscritos a la Fiscalía Especializada para la Atención de Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas, entre otras.


