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Presentan iniciativa para tipificar el delito de sabotaje en San Luis Potosí

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29/02/2024

Este delito se perseguirá de oficio y se sancionará con una pena de tres a nueve años de prisión y sanción pecuniaria.

Por Fernanda Padilla

El diputado local, Edmundo Torrescano Medina presentó una iniciativa para tipificar el delito de sabotaje en el Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

Propone adicionar el artículo 273 que señala que comete el delito de sabotaje a quien, con la intención de trastornar la vida económica, política, social, turística o cultural del Estado, realice actos que destruya, perjudique o entorpezca:

-Funciones de las dependencias y entidades que conforman la administración pública del Estado, los Órganos Constitucionales Autónomos o de los municipios

-Centros de producción o distribución de bienes de consumo necesarios o instalaciones de servicios públicos.

-Elementos fundamentales en instituciones de investigación, docencia, culturales o turísticas.

-Recursos esenciales que el Estado y municipios tengan destinado para el mantenimiento del orden público.

Este delito se perseguirá de oficio y se sancionará con una pena de tres a nueve años de prisión y sanción pecuniaria de cien a ochocientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.

 

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